Portada inicial     |     Quiénes somos?     |     Dónde estamos?     |     Horario     |     Registro de usuarios     |     Contactar


A partir del 1 de Julio, la web www.dgt.es tendrá un apartado para que consultes tu saldo de puntos.

Formación de conductores para el CAP

Certificado para conseguir conductores profesionales mejor cualificados y adaptados a las nuevas exigencias del mercado del transporte por carretera y, en definitiva, mejorar la calidad y la seguridad tanto del tráfico, como de los propios conductores.

1.- ¿POR QUÉ UNA NUEVA FORMACIÓN OBLIGATORIA PARA LOS CONDUCTORES?
Con la aprobación del Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, se realiza la transposición, a nuestro ordenamiento interno, de la Directiva 2003/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2003, relativa a la cualificación inicial y a la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera, y se establece una nueva formación obligatoria para determinados conductores profesionales.
Con ello, se trata de conseguir conductores profesionales mejor cualificados y adaptados a las nuevas exigencias del mercado del transporte por carretera y, en definitiva, mejorar la calidad y la seguridad tanto del tráfico, como de los propios conductores.

2.- ¿ EN QUÉ CONSISTE LA NUEVA FORMACIÓN DEL CAP PARA CONDUCTORES?
La nueva formación tiene una doble vertiente, por un lado, se establece la necesidad de una cualificación inicial que mediante el correspondiente Certificado de Aptitud Profesional (CAP), supone
que quien lo posee ha superado un curso, y el correspondiente examen, lo que acredita, junto con el permiso de conducir, su aptitud profesional.
Por otro lado, se determina la necesidad de una formación continua que tiene por finalidad profundizar y revisar los conocimientos adquiridos con la obtención del Certificado de Aptitud Profesional acreditativo de la cualificación inicial y supone mantener actualizados los conocimientos esenciales inicialmente exigidos para el ejercicio de su función, haciendo especial hincapié, en la seguridad y la racionalización del consumo de carburante.
EL CAP acredita, junto con el permiso de conducción, la
aptitud profesional de quien lo ha obtenido.
CAP
· Cualificación Inicial: Curso 280 ó 140 h + Examen.
· Formación Continua: Curso 35 h.

3.- ¿A QUÉ CONDUCTORES ES EXIGIBLE?
La nueva formación obligatoria es necesaria para la conducción por
vías públicas de vehículos de empresas, sean de transporte público o privado, establecidas en cualquier Estado miembro de la
Unión Europea, para la que resulte obligatorio estar en posesión
de permisos de conducción de las categorías C1, C1+E, C, C+E,
D1, D1+E, D o D+E, salvo que se trate de alguno de los vehículos exentos.
 
Para más información puede descargarse el siguiente PDF:

 
Solicitud de información

Por favor, introduzca sus datos personales y la consulta que desea realizar. Esta información será recibida a través de e-mail, para que pueda ser atendida adecuadamente.